Dinero
Cómo enviar dinero a Venezuela desde España de forma segura
En resumen
- En España, enviar dinero a otro país es una actividad reservada a entidades autorizadas. Compruébalo siempre en el Registro de Entidades del Banco de España antes de pagar.
- Antes de pagar, la entidad debe informarte de todos los gastos y del tipo de cambio que aplicará. Guarda el justificante.
- Que te pidan tu DNI, NIE o pasaporte, e incluso el origen del dinero, es una obligación legal. Desconfía de quien no te pida nada.
- Si viajas con 10.000 € o más en efectivo hacia Venezuela, tienes que declararlo. Las transferencias no se declaran.
- Nunca prestes tu cuenta para mover dinero de otros ni cambies dinero con desconocidos en redes sociales.
Antes de empezar
EnviosToday Comunidad no envía dinero ni pide transferencias. Si alguien lo hace en nuestro nombre, es una estafa. Esta guía es informativa: te explica cómo hacerlo con seguridad con cualquier entidad autorizada.
Al elegir cómo enviar, compara tres cosas con la información que te da cada entidad antes de pagar:
- Lo que recibe tu familia en total, después de gastos y cambio de moneda. No te fijes solo en la comisión.
- La rapidez con la que llega.
- La forma de entrega: cuenta bancaria, pago móvil u otras opciones.
La ley española prohíbe prestar servicios de pago, como las transferencias y el envío de dinero, a quien no sea un proveedor de servicios de pago autorizado (bancos, entidades de pago, entidades de dinero electrónico, entre otros). El cambio de moneda extranjera también requiere autorización.
- Busca la entidad en el Registro de Entidades del Banco de España. Ahí puedes ver si está autorizada, qué servicios puede prestar y cómo protege el dinero de sus clientes.
- Si la entidad está autorizada en otro país de la UE, compruébalo en el registro del supervisor de ese país. La Autoridad Bancaria Europea (EBA) tiene un registro que sirve de orientación.
- Pide a la entidad sus datos de registro. Está obligada a darte los datos del registro público en el que está inscrita.
Si contratas con alguien no autorizado, no podrás reclamar ante el Banco de España y tu dinero no estará protegido por las garantías que la ley exige a las entidades autorizadas.
Criptomonedas: desde el 1 de julio de 2026, según la CNMV, solo pueden operar en España los proveedores de servicios de criptoactivos autorizados por la CNMV u otras autoridades europeas. Compruébalo en el registro de la CNMV. La CNMV advierte de que se puede perder todo el dinero y de que no hay sistemas de indemnización si el proveedor quiebra.
Tus derechos antes y después de pagar
Antes de dar la orden, la entidad debe informarte, entre otras cosas, de:
- Todos los gastos que vas a pagar.
- El tipo de cambio que se aplicará.
Después, debes recibir un justificante con una referencia de la operación, el importe, los gastos y el tipo de cambio. Guárdalo: lo necesitarás si algo sale mal.
Si tienes un problema
- Reclama primero a la entidad, a su servicio de atención al cliente. Tiene 15 días hábiles para responderte.
- Si no te responde o no estás de acuerdo, puedes reclamar ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. En su Portal del Cliente Bancario se explican los pasos y los plazos.
Si ves en tu cuenta una operación que no autorizaste, avisa a tu entidad cuanto antes: la ley da un plazo máximo de 13 meses desde el cargo.
Por qué te piden documentos
Las entidades de pago están obligadas por la ley de prevención del blanqueo de capitales (Ley 10/2010) a:
- Identificarte con un documento fiable (DNI, NIE, TIE o pasaporte). No pueden hacer operaciones con personas sin identificar.
- Pedirte información sobre tu actividad y, en su caso, sobre el origen del dinero.
- No hacer la operación si no pueden realizar estas comprobaciones.
Es normal y legal. Al contrario: si alguien te ofrece enviar dinero sin pedirte ningún documento, es una señal de alarma.
Qué datos pedir a tu familia en Venezuela
Cada entidad te indicará exactamente qué datos necesita. En general:
- Para una cuenta bancaria en Venezuela: el nombre completo del titular, su cédula de identidad y el número de cuenta de 20 dígitos (identifica el banco, la agencia y la cuenta).
- Para pago móvil: el número de teléfono asociado a su banco y su cédula de identidad.
Confirma los datos por teléfono, hablando. Si te llega un mensaje de un «familiar» con un número nuevo que te pide dinero con urgencia o te da otros datos bancarios, llama al número de siempre antes de enviar nada. Es una estafa habitual.
Si viajas con efectivo
- Si sales de España hacia Venezuela (o entras) llevando 10.000 € o más en efectivo u otros medios de pago, tienes que declararlo antes del viaje con el modelo E-1 de la Agencia Tributaria.
- Si el efectivo viaja sin ti (por ejemplo, en un envío), el modelo es el E-2.
- Dentro de España, la obligación empieza a partir de 100.000 €.
- Las transferencias bancarias no se declaran, aunque superen los 10.000 €.
No declarar el efectivo es una infracción grave que se sanciona con multa. Además, viajar con mucho efectivo te expone a pérdidas y robos.
Estafas habituales: señales de alarma
- Personas que ofrecen «cambio» o «envíos» por redes sociales, WhatsApp o Telegram. Enviar dinero y cambiar divisas requiere autorización. Si no está en los registros oficiales, no te arriesgues.
- Te piden pagar algo por adelantado (gastos de gestión, tasas, «desbloqueos») para recibir o enviar dinero.
- Prisa y presión: «solo hoy», «la tasa se acaba», «si no pagas ahora pierdes el envío».
- Te piden tus claves o códigos por SMS, correo o teléfono. Tu banco nunca te pedirá tus claves completas por esas vías. Si una llamada no te cuadra, cuelga y llama tú al número oficial.
- Grupos de WhatsApp o Telegram que se hacen pasar por expertos o por entidades autorizadas.
Nunca prestes tu cuenta para mover dinero de otros, aunque te lo ofrezcan como trabajo o favor. Según el Banco de España, quien presta su cuenta («cuenta mula») puede ser considerado parte de la organización criminal y responder penalmente.
Qué hacer si te han estafado
- Llama a tu banco o entidad de inmediato para intentar bloquear la operación y cambiar tus claves.
- Guarda las pruebas: justificantes, capturas de mensajes, números de teléfono y perfiles.
- Denuncia ante la Policía Nacional, la Guardia Civil o el juzgado. Ambos cuerpos tienen opciones para iniciar la denuncia por internet.
- Pide ayuda gratuita en el 017, la línea de ayuda en ciberseguridad de INCIBE.
- Si la entidad era autorizada y no resuelve tu reclamación, acude al Banco de España.
Preguntas frecuentes
¿EnviosToday Comunidad envía dinero?
No. EnviosToday Comunidad no envía dinero ni pide transferencias. Si alguien lo hace en nuestro nombre, es una estafa.
¿Cómo sé si una empresa de envíos está autorizada?
Búscala en el Registro de Entidades del Banco de España. Si está autorizada en otro país de la UE, consulta el registro del supervisor de ese país. La entidad también debe darte sus datos de registro.
¿Por qué me piden el NIE y el origen del dinero?
Porque la ley de prevención del blanqueo de capitales obliga a las entidades a identificar a sus clientes y, en su caso, conocer el origen de los fondos. Es normal y legal.
¿Tengo que declarar una transferencia de más de 10.000 €?
No. Según la Agencia Tributaria, las transferencias bancarias no se declaran. Lo que sí se declara es el efectivo de 10.000 € o más al entrar o salir de España hacia un país fuera de la UE (modelo E-1).
¿Es seguro cambiar dinero con particulares en redes sociales?
No. El cambio de divisas y el envío de dinero requieren autorización. Si pagas a alguien no autorizado, no podrás reclamar ante el Banco de España y te expones a estafas.
¿Qué hago si me han estafado?
Llama a tu banco cuanto antes, guarda todas las pruebas, denuncia ante la Policía o la Guardia Civil y pide ayuda gratuita en el 017 de INCIBE.
¿Tengo que pagar impuestos por enviar dinero a mi familia?
No hemos encontrado un criterio oficial claro para los envíos a familiares que viven en Venezuela. Si envías cantidades importantes o tienes dudas, consúltalo con la Agencia Tributaria o con un asesor fiscal.
Fuentes oficiales
- Banco de España: entidades no autorizadas (intrusos)
- Banco de España: Registros de Entidades
- Autoridad Bancaria Europea: registro de entidades de pago
- Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago (BOE)
- Orden ECE/1263/2019, transparencia en servicios de pago (BOE)
- Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales (BOE)
- Agencia Tributaria: declaración de medios de pago para viajeros
- Banco de España, Portal del Cliente Bancario: cómo presentar una reclamación
- Banco de España, Portal del Cliente Bancario: cuentas mula
- Banco de España, Portal del Cliente Bancario: phishing
- CNMV: regulación de criptoactivos (MiCA)
- CNMV: advertencias sobre entidades no autorizadas
- INCIBE: línea de ayuda en ciberseguridad 017
- Guardia Civil: denuncia electrónica
- Policía Nacional: denuncias por internet